La obligación vigente, en una respuesta
La empresa debe garantizar un registro diario de la jornada de cada persona trabajadora que incluya la hora concreta de inicio y finalización.
El registro se organiza mediante negociación colectiva, acuerdo de empresa o decisión empresarial tras consultar a la representación legal. Los datos se conservan cuatro años y deben estar disponibles para trabajadores, representantes e Inspección de Trabajo. Esta página distingue la norma vigente de los proyectos de reforma.
Ámbito y revisión: España. En Euskara se resume esta misma normativa estatal aplicable en Euskadi y Navarra.
Contenido revisado el 25 de julio de 2026
Resumen informativo basado en fuentes oficiales. No sustituye asesoramiento laboral ni la revisión del convenio aplicable.
De la obligación al uso diario
La normativa fija el marco. La página de fichajes explica cómo Orduda registra la jornada, gestiona incidencias y prepara la revisión del periodo sin sustituir el criterio laboral de la empresa.